Asti respalda veredicto de Jutep sobre Arbeleche y sostiene que la exministra debió abstenerse

Alfredo Asti, vicepresidente de la Junta de Transparencia y Ética Pública (Jutep), abordó este viernes el caso de la exministra de Economía y Finanzas, Azucena Arbeleche. La Jutep determinó, en un fallo aprobado por dos votos contra uno, que Arbeleche «infringió normas de conducta en la función pública» al validar beneficios fiscales para una compañía en la que su cónyuge ocupaba un puesto gerencial.

Asti señaló que la denuncia inicial data de 2023, pero el anterior directorio de la institución no llegó a una resolución. Explicó que «se siguió el proceso pertinente a través de la asesoría jurídica de la Jutep», la cual, en marzo de 2025, emitió un dictamen desfavorable para la exministra, indicando que había contravenido artículos del Código de Ética.

Aunque el informe jurídico se divulgó bajo la nueva administración, la composición del directorio de la Jutep aún era la de la gestión previa. En junio de 2025, se inició la renovación de las autoridades del directorio de la junta y, en diciembre del año pasado, se solicitó a la misma asesoría jurídica (cuya composición se ha mantenido desde el comienzo del proceso) el veredicto final sobre el asunto. Asti indicó que los asesores jurídicos desestimaron las explicaciones de Arbeleche respecto al cumplimiento del Código de Ética.

Asti detalló que, a petición de Luis Calabria, miembro del directorio de la Jutep por la oposición, el análisis del informe jurídico se postergó hasta febrero. Posteriormente, la mayoría legal del directorio decidió redactar un dictamen que respaldara las conclusiones de los asesores jurídicos de la junta.

En la justificación de su voto, Asti argumentó que existió un «apartamiento de la norma de derecho». El vicepresidente de la Jutep explicó que el informe sugería que Arbeleche tenía la obligación de informar al presidente de la República (su superior directo) sobre la situación y de abstenerse de intervenir en la decisión. En su lugar, el subsecretario de la cartera debería haber resuelto y firmado la resolución, «una acción que, según Asti, desconocemos por qué no se llevó a cabo».

La defensa de Arbeleche se basó en el argumento de que, dado que la Comisión de Aplicación de la Ley de Inversiones (Comap) había aprobado la medida, ella no podía rehusarse a firmar la resolución. Asti, sin embargo, citó precedentes del Tribunal de lo Contencioso Administrativo (TCA) que establecen que la Comap tiene un carácter meramente asesor y no vinculante, siendo la decisión final potestad del Poder Ejecutivo. «Por ende, en este expediente, la decisión última fue adoptada por la ministra, a pesar de que, en virtud del Código de Ética, no le correspondía hacerlo», concluyó.

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